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Reevaluarán cada 6 años áreas de producción de conchas de abanico

Ejecutivo modifica norma sanitaria para adecuarse a estándares de la Unión Europea. La reevaluación sanitaria de las áreas de producción de los moluscos bivalvos vivos entre ellos la concha de abanico, será ahora cada seis años, conforme a los estándares de la Unión Europea, según norma publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

Se trata del Decreto Supremo 004-2018-PRODUCE que modifica el Artículo 14 de la Norma Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos, aprobada por Decreto Supremo 07-2004-PRODUCE.

La norma sanitaria tiene por objeto regular las condiciones y requisitos de seguridad sanitaria y de calidad que deben reunir los moluscos bivalvos destinados directamente al comercio o a su procesamiento para consumo humano, incluyendo los requerimientos para las áreas de extracción o recolección y para las concesiones acuícolas.

De esta manera, el artículo 14 de la referida norma tras la modificación que reduce de 10 años a 6 años la revaluación sanitaria, entre otras precisiones, queda redactada de la siguiente manera:

Artículo 14.- Condiciones generales para la clasificación, revaluación y reclasificación de las áreas de producción:

14.1 La clasificación de las áreas de producción debe estar sustentada en los resultados de un año de evaluación de la condición sanitaria del agua de mar y de los moluscos bivalvos, pudiendo realizarse en periodos menores de tiempo para las áreas de producción evidentemente libres de contaminación o remotas.

14.2 La revaluación sanitaria de las áreas de producción clasificadas debe realizarse cada seis (06) años o en periodos menores cuando los resultados del monitoreo determinen cambios prolongados en los patrones de comportamiento sanitario de dichas áreas.

Los resultados de la revaluación sanitaria concluyen en la continuidad de la clasificación sanitaria actual o en la reclasificación sanitaria del área de producción.

14.3 La Autoridad Sanitaria realiza la selección de ubicación y número de estaciones de muestreo para los estudios de evaluación y revaluación sanitaria.

La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo; y el ministro de la Producción, Raúl Pérez-Reyes Espejo.

Fuente: Andina