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Revista AcuiRed – Edición N°5
31 diciembre, 2022
Decreto Supremo Nº 020-2022-PRODUCE: APRUEBA REGLAMENTO SECTORIAL DE INOCUIDAD PARA LAS ACTIVIDADES PESQUERAS Y ACUÍCOLAS
3 enero, 2023

SANIPES elimina requisitos para la obtención de la Habilitación Sanitaria

Generará impacto positivo en la economía de los administrados y motivará a los acuicultores peruanos a habilitar sus establecimientos acuícolas a nivel nacional

El Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes), entidad adscrita al Ministerio de la Producción, eliminó requisitos de procedimiento administrativo, que permite agilizar los trámites que realicen los productores para la obtención de la Habilitación Sanitaria de sus establecimientos acuícolas (áreas de producción de moluscos bivalvos, centros de cultivo, centros de producción de semillas y otros a mayor y menor escala), acorde con los avances tecnológicos e informáticos.

Es así que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 106-2022-SANIPES/PE, se eliminan los siguientes requisitos: la presentación del Plan o Programa de Siembra y/o Cosecha, el Plano de ubicación firmado por arquitecto o ingeniero civil, el Plano de instalaciones sanitarias de agua desagüe visado por ingeniero sanitario o profesional especializado y el Plan de Control de Análisis de Peligros y Control de Puntos Críticos solicitado para áreas de producción de moluscos bivalvos, en formato digital PDF; requisitos antes necesarios del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 13.

Cabe indicar que anteriormente, a través de la RPE N° 034-2021-SANIPES/PE, se habían eliminado los requisitos de presentación de certificado de habilidad y presentación de copia de resolución que otorga concesión o autorización y de la constancia de pago, con lo que ahora basta con citar el número de estos últimos.

Es necesario resaltar que, tras las simplificaciones mencionadas, los administrados sólo deben presentar:

  1. Solicitud dirigida a la Dirección de Habilitaciones y Certificaciones de Sanipes.
  2. Indicar N° de resolución emitida por DIREPRO o PRODUCE según sea el tipo de acuicultura a desarrollar (AMYPE o AMYGE).
  3. Programa de Buenas Prácticas Acuícolas (BPA).
  4. Programa de Higiene y Saneamiento (H&S).
  5. Luego del abono por derecho de tramitación, indicar fecha y número de constancia de pago.

Sanipes busca que estas simplificaciones, tengan impacto positivo en la economía de los administrados y sigan motivando a los acuicultores peruanos, a habilitar sanitariamente sus centros de producción acuícola, a fin de ser agentes activos de la inocuidad alimentaria, ofreciendo productos seguros al país y al mundo.

Título habilitante

La Habilitación Sanitaria de los centros de producción acuícola, es un procedimiento que se encuentra contemplado en el TUPA de Sanipes, aprobado mediante D.S. N° 025-2015-PRODUCE, es así que el procedimiento N° 13, señala los requisitos que una persona natural o jurícia debe presentar ante la autoridad sanitaria para solicitar el protocolo técnico para la habilitación sanitaria de su infraestructura acuícola de Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y/o Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE).

Bajo esto, los productores de especies provenientes de la acuicultura, deben implementar en sus centros de cultivo una serie de programas, destacando el de buenas prácticas acuícolas, higiene y saneamiento, a fin de garantizar la producción y comercialización de productos inocuos.

Predicciones de la FAO

En relación a la pesca y la acuicultura hacia el 2030, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), apunta a un incremento de la producción, el consumo y el comercio; esperando que la producción total de animales acuáticos alcance los 202 millones de toneladas y que el principal incremento provenga de la acuicultura, que contribuiría con 106 millones de toneladas.

Fuente: SANIPES