Central Telefónica (115) 616 2222 anexo 4260
Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Estudio colaborativo de UdeC, INCAR, UBB yEfD Chile indagó cómo la percepción del estatus socioeconómico influye en desarrollar Acuicultura de Pequeña Escala
1 agosto, 2023
Científicos UFRO desarrollan sistema para predecir floraciones algales nocivas
2 agosto, 2023

PRODUCE propone modificar el reglamento de la Ley General de Acuicultura para optimizar la producción de dicho sector

  • Acuicultores serán clasificados según sus ventas anuales en UIT, y ya no por toneladas capturadas.
  • Durante cinco días, los acuicultores y la población en general podrán comentar y enviar sugerencias a la propuesta normativa.

El Ministerio de la Producción publicó la propuesta normativa que modifica el artículo 10 del Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2016-PRODUCE, con el objetivo de optimizar la producción acuícola en sus tres categorías productivas.

La medida busca facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial de la acuicultura, a fin de fomentar su escalamiento y eliminar barreras en los trámites administrativos para el desarrollo de esta actividad.

En ese sentido, se propone modificar el indicador de medición para la categorización de la actividad acuícola, la cual previamente se realizaba en toneladas capturadas por año y ahora se medirá en Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Ahora, para la categoría Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), se plantea que la venta anual deberá ser menor o igual a 10 UIT; para Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE), mayor a 10, pero menor o igual a 1700 UIT; y para Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), mayor a 1700 UIT.

Es importante señalar que, a través de la Resolución Ministerial Nº 260-2023, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se dispone establecer el plazo de cinco días calendario, a partir del día siguiente de la publicación, para que las entidades públicas o privadas, gremios, productores acuícolas y la ciudadanía en general puedan realizar sus sugerencias, comentarios y/o recomendaciones sobre esta propuesta.

Los aportes podrán ser presentados a través del correo electrónico dgparpa@produce.gob.pe, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Viceministerio de Pesca y Acuicultura, de Produce.

Los interesados en conocer más sobre la presente propuesta normativa pueden visitar el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/produce/normas-legales/4484478-260-2023-produce

Fuente: PRODUCE