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ACUICULTURA MUESTRA CONSTANTE CRECIMIENTO DE PARTICIPACIÓN EN EL PBI PESQUERO Y ACUÍCOLA
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Estandarizan procedimientos administrativos del Sector Producción que tramitan los Gobiernos Regionales, que incluye 13 procedimientos de Acuicultura

Mediante el Decreto Supremo Nº 018-2021-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 08/02/2021, la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobó 35 Procedimientos Administrativos estandarizados del sector Producción, los cuales están a cargo de los Gobiernos Regionales – GORES, de los cuales (13) trece corresponden a Acuicultura de las categorías productivas AREL y AMYPE, (10) diez a Pesca, (6) seis a Industria, (2) dos a MYPE y (4) cuatro son de materia ambiental.

Con el objetivo de generar predictibilidad a los administrados y reducir la discrecionalidad de los gobiernos regionales en la elaboración o actualización de sus TUPA adecuado a las disposiciones normativas vigentes, las disposiciones aprobadas evitan toda complejidad innecesaria, coadyuvando con el desarrollo del país en el contexto de reactivación económica; y, además, obteniendo una mayor eficiencia en el uso de recursos, mejorando la calidad en la atención de los procedimientos, eliminándose requisitos, exigencias y formalidades innecesarias en los procedimientos, reduciendo los tiempos de espera, entre otros beneficios dirigidos a los ciudadanos, inversionistas y productores acuícolas.

Los GORES procederán con la incorporación de los procedimientos administrativos indicados en sus respectivos TUPA, en un plazo máximo de 5 días hábiles contado a partir de la entrada en vigencia de este Decreto Supremo, que ocurrirá a los 30 días hábiles de su publicación.

Descargue el Decreto Supremo Nº 018-2021-PCM

Fuente: Dirección General de Acuicultura