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PRODUCE aprueba medidas de conservación y aprovechamiento sostenible del recurso concha de abanico

Norma aplica para el ámbito de la Isla Lobos de Tierra, comprendida dentro de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras

El Ministerio de la Producción (PRODUCE) aprobó nuevas medidas de conservación para el aprovechamiento sostenible de la concha de abanico (Argopecten purpuratus) en el ámbito de la Isla Lobos de Tierra, comprendida en la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras.

A través de la Resolución Ministerial N° 000187-2024-PRODUCE, publicada en la edición del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se busca velar por el aprovechamiento sostenible del recurso concha de abanico y promover su utilización para el desarrollo de la acuicultura.

Por ello, se establece, como condición de obligatorio cumplimiento, que los pescadores artesanales, cuenten con embarcaciones pesqueras con permiso y protocolo de habilitación sanitaria vigente, además de estar provistas de los implementos de seguridad a bordo, certificados vigentes, tripulante y buzo artesanal con carnet y licencia vigente de acuerdo a su clasificación y categoría, contando con compresora de aire. De otro laso se señala que los centros acuícolas donde se destinará la semilla, deben poseer el derecho habilitante de concesión y el protocolo técnico de habilitación sanitaria vigentes.

La norma autoriza la actividad extractiva del recurso concha de abanico Argopecten pururatus hasta por un total de mil trescientos seis con ochenta toneladas (1,306.80 t) de ejemplares mayores a 25 mm y menores a 65 mm de altura valvar, en el ámbito de la Isla Lobos de Tierra comprendida dentro de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras, para abastecer concesiones acuícolas. Dicha extracción culmina una vez alcanzado el límite señalado o en su defecto hasta el 30 de junio de 2024.

Inicio de actividad extractiva

La actividad extractiva se iniciará a partir de las 00:00 horas del día hábil siguiente de publicada la Resolución de la Gerencia Regional de Desarrollo Productivo (GEREPRO) del Gobierno Regional de Lambayeque y la Dirección Regional de la Producción (DIREPRO) del Gobierno Regional de Piura, que aprueba el listado elaborado en coordinación con el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) del Ministerio del Ambiente.

Disposiciones para el desarrollo de la actividad extractiva para el abastecimiento de concesiones acuícolas

  • Se debe realizar bajo estricto cumplimiento de la normativa pesquera, ambiental y sanitaria vigente.
  • Se debe desarrollar en áreas delimitadas, evaluadas, clasificadas y sometidas a un programa de vigilancia sanitaria, según la normativa vigente.
  • Los pescadores artesanales deben entregar debidamente llenado el Formato de Declaración Jurada de Extracción, Desembarque y Abastecimiento.
  • El traslado del recurso para el abastecimiento de las concesiones acuícolas se debe desarrollar conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N°00164-2023-PRODUCE.

La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de PRODUCE se encargará de las labores de fiscalización y seguimiento a fin de garantizar el cumplimiento de la cuota establecida; por su parte el IMARPE efectuará el monitoreo y seguimiento de los indicadores biológicos del recurso, debiendo informar y recomendar las medidas que estime pertinentes para su preservación y manejo racional.

SANIPES realizará el monitoreo sanitario para asegurar la inocuidad de los productos de la acuicultura, de acuerdo a la normativa vigente.

Accede:

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187-2024-PRODUCE

Fuente: DGA – PRODUCE